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Se anuncia el lanzamiento del Grupo Asesor de Implementación para la Competencia, Confianza y Elección del Consumidor

24 de octubre de 2013

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Nos complace anunciar el lanzamiento del Grupo Asesor de Implementación para la Competencia, Confianza y Elección del Consumidor (IAG-CCT). Treinta y ocho (38) personas respondieron a la convocatoria a voluntarios. El IAG-CCT es un grupo abierto que fue convocado para prestar servicios con un plazo y un alcance limitados, y se focalizará exclusivamente en la evaluación de las métricas propuestas para la recopilación de los datos que servirán para respaldar una futura revisión obligatoria conforme a la Afirmación de Compromisos (AoC).1

Les damos la bienvenida a los siguientes voluntarios que formarán el recientemente creado IAG-CCT:

Ron Andruff Michael R. Nelson
Brian Beckham Aga Neme
Eric Brunner-Williams David Payne
Phil Buckingham Ephraim Percy Kenyanito
Olga Cavalli Artur Piechocki
Nathalie Coupet Harmut Richard Glaser
Steve DelBianco Santiago Rodriguez Ortiz
Chaitanya Dhareshwar Jeremy Rowley
Ray Fassett Carlton Samuels
Michael A. Flynn Atdhe Sharku
Anjali Hansen Judy Song-Marshall
Judith L. Harris David C. Stuckman
A.B. Ishiaku Christa Taylor
Yamoah Kwaku Jeffrey Thomas
Cheryl Langdon-Orr Umit Turk
Evan Leibovitch Rudi Vansnick
Reg Levy Christopher Wilkinson
Alfredo Lopez Hernandez Darryl C. Wilson
Lyndel McDonald Jonathan Zuck

Los invitamos a visitar el espacio IAG-CCT Wiki para seguir el trabajo del grupo.

Cronograma y operaciones del IAG-CCT

Se espera que el IAG-CCT inicie su trabajo en noviembre del 2013 y presente sus recomendaciones en julio del 2014.

Se agendará una conferencia inicial para principio de noviembre.

El grupo se reunirá durante la reunión ICANN 48 en Buenos Aires, el día miércoles 20 de noviembre, de 17:00 a 19:00 UTC. La reunión es abierta a todas las personas interesadas, y contará con herramientas para la participación remota. El IAG-CCT será informado sobre el estado del trabajo realizado a la fecha, lo cual incluirá una introducción y reseña del proyecto, una reseña de las métricas propuestas por la GNSO y el ALAC y una actualización por parte del personal de la evaluación de las métricas propuestas.

El cronograma de las próximas teleconferencias y reuniones del grupo estará disponible en el espacio IAG-CCT Wiki.

Mandato del IAG-CCT

El mandato del grupo es elaborar recomendaciones para el conjunto de métricas a ser recabadas por la ICANN como parte de la preparación de una futura revisión de los nuevos gTLD1. El trabajo del IAG-CCT concluirá una vez que las métricas propuestas sean presentadas ante la Junta Directiva. De conformidad con las instrucciones de la Junta Directiva, la ICANN desarrollará los sistemas y recopilará las métricas aprobadas mediante este proceso.

El IAG-CCT tiene las siguientes responsabilidades:

  1. Evaluar la factibilidad, utilidad y efectividad en cuanto a costos de la adopción de las recomendaciones del Consejo de la GNSO [PDF, 203 KB] y del Comité Asesor At-Large [PDF, 491 KB] (ALAC) sobre las métricas que serán utilizadas al llevarse a cabo la revisión;
  2. Evaluar otros aportes, los cuales comprenden datos históricos sobre las métricas aplicadas para evaluar las rondas anteriores de nuevos gTLD (2000, 2004);
  3. Participar en actividades de difusión de las métricas propuestas junto con la GNSO, el ALAC y demás partes interesadas de la ICANN;
  4. Evaluar el análisis del personal a ser presentado ante el IAG-CCT en cuanto a la factibilidad y utilidad de cada una de las métricas propuestas, e indicar si los costos de implementación son razonables en vista del valor de la información a ser revelada;
  5. Proponer una serie de métricas a la ICANN, las cuales serán recopiladas por la ICANN con antelación a la revisión de los nuevos gTLD establecida en la AoC, cuando se convoque y reúna el equipo de revisión correspondiente.

En caso de que las métricas propuestas por el IAG-CCT difieran de las recomendadas por el Consejo de la GNSO o el ALAC, se espera que el Grupo consulte a la GNSO y al ALAC con el fin de poner en común sus fundamentos, y determinar si el conjunto colectivo de métricas recomendadas por el Grupo es suficiente para abordar las metas de la GNSO y el ALAC.

Antecedentes

El 17 de septiembre del 2013, la ICANN lanzó una nueva convocatoria a voluntarios para evaluar las métricas relativas a competencia, confianza y elección del consumidor. Las métricas y el asesoramiento que presentará el IAG-CCT son independientes de una próxima convocatoria a voluntarios que prestarán servicio en el Equipo de Revisión de Competencia, Confianza y Elección del Consumidor (CCT). La revisión del CCT no se llevará a cabo hasta tanto se haya cumplido el requisito establecido en la AoC ("Una vez que los nuevos gTLD … hayan estado en funcionamiento por un año, la ICANN organizará una revisión para examinar hasta qué punto la introducción o expansión de los gTLD ha promovido la competencia, la confianza y la elección del consumidor, como también la efectividad…")1.

La AoC establece la revisión periódica de cuatro objetivos clave de la ICANN:

  1. Asegurar la responsabilidad y la transparencia, y los intereses de los usuarios globales de Internet;
  2. Preservar la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS;
  3. Promover la competencia, confianza y elección del consumidor;
  4. Política de WHOIS.

Para más información, consultar el sitio web de la ICANN.


1 Afirmación de Compromisos, 9.3: "La ICANN asegurará que, al observar la expansión del espacio de dominios de alto nivel, las diversas cuestiones involucradas, (que incluyen competencia, protección del consumidor, seguridad, estabilidad y flexibilidad, problemas de abuso malicioso, cuestiones de soberanía y protección de derechos) serán abordadas adecuadamente con antelación a su implementación. Luego de que los nuevos gTLD (ya sea en ASCII o en otro conjunto de caracteres idiomáticos) hayan estado en funcionamiento por un año, la ICANN organizará una revisión que examinará hasta qué punto la introducción o expansión de los gTLD ha promovido la competencia, la confianza y la elección del consumidor, así como también la efectividad de (a) el proceso de solicitud y evaluación, y (b) las medidas de protección aplicadas para mitigar las cuestiones relativas a la introducción o expansión. La ICANN organizará una revisión posterior de su cumplimiento con los compromisos anteriores dos años después de la primera revisión y, posteriormente, con una frecuencia mínima de cuatro años".