Resoluciones aprobadas por la Junta Directiva | Reunión Extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN 10 de septiembre de 2020

  1. Agenda convenida:
    1. Aprobación de las actas de la reunión
  2. Orden del día principal:
    1. Designaciones de miembros para el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC)
    2. Designaciones de la Organización de Servidores Raíz (RSO) para el Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC)
    3. Transferencia del dominio de alto nivel .CO (Colombia) al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
    4. Recomendación del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva sobre la designación del Presidente y Presidente Electo del Comité de Nominaciones 2021
    5. Aceptación del Informe Final de Implementación de la Revisión At-Large2
    6. Otros temas a tratar

  1. Agenda convenida:

    1. Aprobación de las actas de la reunión

      Resuélvase (2020.09.10.01): La Junta Directiva aprueba las actas de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN del día 18 de junio de 2020, de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN celebrada el 9 de julio de 2020, de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN celebrada el 13 de agosto de 2020 y de la reunión extraordinaria de la Junta Directiva de la ICANN celebrada el 27 de agosto de 2020.

  2. Orden del día principal:

    1. Designaciones de miembros para el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC)

      Visto y considerando: Que la sección 12.2(b)(ii) de los Estatutos estipula que la Junta Directiva designará al Presidente y a los miembros del Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC).

      Visto y considerando: Que el mandato de tres años de Rod Rasmussen como Presidente del SSAC finaliza el 31 de diciembre de 2020.

      Visto y considerando: Que el SSAC ha finalizado su proceso de selección de un Presidente y solicita que la Junta Directiva vuelva a designar a Rod Rasmussen como Presidente del SSAC para un mandato de tres años a partir del 1.o de enero de 2021.

      Visto y considerando: Que, en su Resolución 2010.08.05.07, la Junta Directiva aprobó revisiones a los Estatutos que: generan mandatos de tres años para los miembros del SSAC, requieren que dichos mandatos sean escalonados y obligan al Presidente del SSAC a recomendar la redesignación de todos los miembros actuales del SSAC para períodos parciales o completos, a fin de implementar las revisiones de los Estatutos.

      Visto y considerando: Que, en el mes de enero de 2020, el Comité de Membresía del SSAC inició una revisión anual de los miembros del SSAC cuyos mandatos finalizan el día 31 de diciembre de 2020 y que presentó al SSAC sus recomendaciones de redesignación en junio de 2020.

      Visto y considerando: Que, el 29 de junio de 2020, los miembros del SSAC aprobaron las redesignaciones.

      Visto y considerando: Que el SSAC recomienda a la Junta Directiva volver a designar a los siguientes miembros del SSAC para un mandato de tres años: Greg Aaron, Benedict Addis, KC Claffy, Lyman Chapin, Geoff Huston, Barry Leiba, Russ Mundy, Rod Rasmussen, Chris Rosenraad y Mark Seiden.

      Visto y considerando: Que el Comité de Membresía del SSAC solicita que la Junta Directiva nombre a Steve Crocker ante el SSAC por un mandato de tres años que se inicia en forma inmediata tras la aprobación de la Junta Directiva y con fecha de finalización el 31 de diciembre de 2023.

      Resuélvase (2020.09.10.02): La Junta Directiva acepta la recomendación del SSAC y designa a Rod Rasmussen como Presidente del SSAC por un mandato de tres años que comenzará el 1.o de enero de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2023.

      Resuélvase (2020.09.10.03): La Junta Directiva acepta la recomendación del SSAC y vuelve a designar a los siguientes miembros del SSAC por mandatos de tres años que comenzarán el 1.o de enero de 2021 y finalizarán el 31 de diciembre de 2023: Greg Aaron, Benedict Addis, KC Claffy, Lyman Chapin, Geoff Huston, Barry Leiba, Russ Mundy, Rod Rasmussen, Chris Rosenraad y Mark Seiden.

      Resuélvase (2020.09.10.04): La Junta Directiva designa a Steve Crocker para desempeñarse en el SSAC durante un mandato que comienza en forma inmediata tras la aprobación de la Junta Directiva y finaliza el 31 de diciembre de 2023.

      Fundamento de las resoluciones 2020.09.10.02 y 2020.09.10.04

      De conformidad con la sección 12.2(b) de los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva de la ICANN designará al Presidente y a los miembros del Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad (SSAC). El SSAC ha finalizado su proceso de selección para el cargo de Presidente y solicita la consideración de la designación de Rod Rasmussen como Presidente del SSAC por parte de la Junta Directiva.

      El SSAC es un grupo diverso de personas cuyos conocimientos sobre temas específicos permiten que el comité cumpla con su función y lleve a cabo su misión. Desde su creación, el SSAC ha invitado a personas con amplios conocimientos y gran experiencia en áreas técnicas y de seguridad que son fundamentales para la seguridad y la estabilidad de los sistemas de asignación de nombres y direcciones de Internet.

      Las operaciones continuas del SSAC como organismo competente dependen del aporte y el talento de expertos que han aceptado contribuir voluntariamente con su tiempo y energía para llevar a cabo la misión del comité.

      Steve Crocker es un miembro reconocido de la comunidad de la ICANN. Se desempeñó como presidente fundador del SSAC a comienzos de 2002. Posteriormente, desempeñó su cargo en la Junta Directiva de la ICANN de 2008 a 2017, y como Presidente de la Junta Directiva de 2011 a 2017. El Dr. Crocker es Director Ejecutivo y cofundador de Shinkuro, Inc., un emprendimiento empresarial enfocado en el intercambio dinámico de información a través de Internet y en el despliegue de protocolos de seguridad mejorados en Internet. Formó parte del equipo que, a finales de la década de 1960 y principios de la década de 1970, desarrolló los protocolos de Arpanet y sentó las bases de la Internet actual. Organizó el Grupo de Trabajo sobre Redes, que fuera el precursor del actual Grupo de Trabajo en Ingeniería de Internet e inició la serie de notas de Solicitud de Comentarios a través de las cuales los diseños de protocolo son documentados y compartidos. El SSAC espera con ansias trabajar con Steve Crocker nuevamente y cree que aportará habilidades importantes y una amplia experiencia al Comité.

      Esta resolución forma parte de las funciones administrativas y organizativas que no requieren comentario público. La designación de los miembros del SSAC sirve al interés público, respalda la Misión de la ICANN y honra el compromiso asumido por la ICANN de fortalecer la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

    2. Designaciones de la Organización de Servidores Raíz (RSO) para el Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC)

      Visto y considerando: Que los Estatutos de la ICANN establecen la creación de un Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz (RSSAC), cuyo rol es asesorar a la comunidad y a la Junta Directiva de la ICANN respecto de cuestiones relativas a la operación, administración, seguridad e integridad del Sistema de Servidores Raíz de Internet.

      Visto y considerando: Que los Estatutos de la ICANN exigen que la Junta Directiva de la ICANN designe a un miembro del RSSAC de cada Organización de Operadores de Servidores Raíz, sobre la base de las recomendaciones realizadas por el Presidente del RSSAC.

      Visto y considerando: Que el Presidente del RSSAC ha recomendado a la Junta Directiva de la ICANN las designaciones de representantes de Cogent; la Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA); el Centro de Coordinación de Redes Réseaux IP Européens (RIPE); el Instituto de Ciencias de la Información de la Universidad del Sur de California; y el Proyecto Entorno Integrado Ampliamente Distribuido (WIDE) para el RSSAC.

      Resuélvase (2020.09.10.05): La Junta Directiva de la ICANN designa a Barbara Schleckser ante el RSSAC hasta el 31 de diciembre de 2022 y a Wesley Hardaker, Jun Murai, Kaveh Ranjbar y Paul Vixie ante el RSSAC hasta el 31 de diciembre de 2023.

      Fundamento de la resolución 2020.09.10.05

      En mayo de 2013, las organizaciones de operadores de servidores raíz acordaron la composición inicial de su membresía ante el RSSAC, y cada una nominó un candidato. La Junta Directiva de la ICANN aprobó la composición inicial del RSSAC en julio de 2013, con mandatos escalonados. El período de gestión actual de los representantes de Cogent; el Centro de Coordinación de Redes Réseaux IP Européens (RIPE); el Instituto de Ciencias de la Información de la Universidad del Sur de California; y el Proyecto Entorno Integrado Ampliamente Distribuido (WIDE) vence el 31 de diciembre de 2020. El mandato actual del representante de la Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA) vence el 31 de diciembre de 2022. La Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio (NASA) sustituye a su representante.

      En el día de la fecha, la Junta Directiva toma la medida, en virtud del artículo 12, sección 12.2 (c)(ii) de los Estatutos de la ICANN de designar a los miembros para el RSSAC.

      No se prevé que la designación de los miembros del RSSAC tenga impacto fiscal alguno sobre la organización de la ICANN fuera de los recursos ya presupuestados y necesarios para el apoyo continuo de las actividades del RSSAC.

      Esta resolución forma parte de las funciones administrativas y organizativas que no requieren comentario público. La designación de los miembros del RSSAC contribuye al interés público y honra el compromiso asumido por la organización de la ICANN de fortalecer la seguridad, estabilidad y flexibilidad del DNS.

    3. Transferencia del dominio de alto nivel .CO (Colombia) al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

      Resuélvase (2020.09.10.06): Como parte del ejercicio de sus responsabilidades conforme al Contrato de Funciones de Nombres de la IANA con la ICANN, la IANA ha revisado y evaluado la solicitud de transferencia del dominio de alto nivel .CO al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La documentación demuestra que se siguieron los procedimientos adecuados durante la evaluación de la solicitud.

      Fundamento de la resolución 2020.09.10.06

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema ahora?

      De acuerdo con el Contrato de Funciones de Nombres de la IANA, la Entidad PTI, en el desempeño de la Función de Nombres de la IANA ha evaluado una solicitud de transferencia de un dominio de alto nivel con código de país (ccTLD) y presenta su informe ante la Junta Directiva para su revisión. La revisión por parte de la Junta Directiva tiene por objetivo verificar que se hayan seguido los procedimientos adecuados.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La propuesta es aprobar una solicitud para transferir el dominio de alto nivel .CO y asignar el rol de administrador al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      Durante la evaluación de una solicitud de transferencia, la IANA consultó al solicitante y a otras partes interesadas relevantes. Como parte del proceso de solicitud, es necesario que el solicitante describa las consultas realizadas en el país en relación con el ccTLD y su aplicabilidad a la comunidad local de Internet.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      La IANA no tiene conocimiento de ninguna inquietud o cuestión significativa planteada por la comunidad en relación con esta solicitud.

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      [OMITIDO – INFORMACIÓN CONFIDENCIAL SOBRE LA DELEGACIÓN]

      ¿Qué factores la Junta Directiva consideró significativos?

      La Junta Directiva no identificó ningún factor específico importante respecto de esta solicitud.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      La aprobación oportuna de administradores de nombres de dominio con código de país que cumplen con los diversos criterios de interés público no sólo tiene un impacto positivo para la misión de la ICANN a nivel general y para las comunidades locales a las que están destinados dichos dominios, sino que además responde a las obligaciones previstas en el Contrato de Funciones de Nombres de la IANA.

      ¿Se observan impactos financieros o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      La administración de las delegaciones de dominios con código de país en la zona raíz del DNS forma parte de las funciones de la IANA y, por ello, la acción de delegación no debería causar variaciones de importancia en los gastos ya planificados. No corresponde a la ICANN evaluar el impacto financiero de las operaciones internas de los nombres de dominio con código de país dentro de un país.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      La ICANN considera que esta solicitud no implica riesgos significativos para la seguridad, estabilidad o flexibilidad. Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    4. Recomendación del Comité de Gobernanza de la Junta Directiva sobre la designación del Presidente y Presidente Electo del Comité de Nominaciones 2021

      Visto y considerando: Que el Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) analizó las Manifestaciones de Interés de los candidatos para Presidente y Presidente electo del Comité de Nominaciones 2021 (“NomCom”) y entrevistó a los candidatos.

      Visto y considerando: Que el BGC recomendó la designación de Ole Jacobsen como Presidente del NomCom 2021 y Tracy Hackshaw como Presidente Electo del NomCom 2021.

      Resuélvase (2020.09.10.07): Por la presente, la Junta Directiva designa a Ole Jacobsen como el Presidente del Comité de Nominaciones de 2021 y a Tracy Hackshaw como el Presidente Electo del Comité de Nominaciones de 2021.

      Fundamento de la resolución 2020.09.10.07

      De acuerdo con los Estatutos de la ICANN, la Junta Directiva debe designar al Presidente y al Presidente Electo del Comité de Nominaciones (NomCom). Véase Estatutos de la ICANN, Artículo 8, sección 8.1. La Junta Directiva ha delegado al Comité de Gobernanza de la Junta Directiva (BGC) la responsabilidad de recomendar al Presidente y al Presidente Electo del Comité de Nominaciones para la aprobación de la Junta Directiva. (Véase Carta orgánica del BGC, Sección II.G.) El BGC supervisó la publicación de una convocatoria para manifestaciones de interés (EOI) el 29 de mayo de 2020, las cuales debían presentarse antes del 22 de junio de 2020 (véase https://www.icann.org/news/announcement-2020-05-29-en), período que luego se extendió hasta el 7 de julio de 2020 (https://www.icann.org/news/announcement-2-2020-06-22-en).

      Como aporte a la selección de los puestos de liderazgo del Comité de Nominaciones para 2021, el BGC revisó y analizó las EOI recibidas y entrevistó a los candidatos. Con posterioridad a las medidas anteriormente mencionadas y a un análisis más minucioso, el BGC estuvo de acuerdo con las recomendaciones a la Junta respecto del Presidente y Presidente Electo del NomCom 2021.

      La Junta Directiva ha sometido a consideración la recomendación del BGC respecto del Presidente para el NomCom 2021 y del Presidente Electo para el NomCom 2021. Asimismo, la Junta Directiva desea agradecer a todos quienes manifestaron su interés en formar parte del liderazgo del NomCom 2021.

      El nombramiento de un Presidente del NomCom y Presidente Electo identificados mediante un proceso público de manifestaciones de interés, incluidas las entrevistas a los candidatos, es en pos del interés público, ya que afecta positivamente la transparencia y la responsabilidad de la ICANN. También es plenamente coherente con la misión de la ICANN.

      La adopción de la recomendación del BGC no tendrá ningún impacto económico en la ICANN que no haya sido ya previsto, y no se observarán impactos negativos en la seguridad, estabilidad o flexibilidad del sistema de nombres de dominio.

      Esta decisión forma parte de las funciones administrativas y organizacionales que no requieren comentario público.

    5. Aceptación del Informe Final de Implementación de la Revisión At-Large2

      Visto y considerando: Que, el 27 de enero de 2019, la Junta Directiva aceptó el Plan de implementación de la Revisión de At-Large e instruyó al Comité Asesor At-Large para que presentara a la Junta Directiva informes periódicos sobre las actividades de implementación.

      Visto y considerando: Que el Grupo de Trabajo para Implementación de la Revisión de At-Large, con la aprobación y supervisión del Comité Asesor At-Large, proporcionó a la Junta Directiva a través del OEC actualizaciones semestrales sobre el progreso de los esfuerzos de implementación hasta el momento en que dichos esfuerzos concluyeron.

      Visto y considerando: Que, el 30 de junio de 2020, el Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión de At-Large presentó al OEC un Informe Final de Implementación, en el que se detallaba la finalización de la implementación de las recomendaciones derivadas de la segunda Revisión de At-Large y se documentaba que dos recomendaciones aún no se habían implementado en su totalidad.

      Visto y considerando: Que el OEC reconoció que las medidas pendientes del trabajo de implementación de At-Large tienen dependencias que escapan al control de At-Large y/o contienen aspectos de mejoras continuas.

      Visto y considerando: Que el OEC recomienda que la Junta Directiva acepte el informe final de implementación de la Revisión de At-Large2 realizado por el Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión de At-Large y aprobado por el Comité Asesor At-Large el 23 de junio de 2020, completando así la segunda Revisión de At-Large.

      Visto y considerando: Que el OEC recomienda que la Junta Directiva solicite al ALAC que le proporcione una actualización oral o por escrito al OEC, a más tardar el 31 de diciembre de 2020, sobre las dos recomendaciones cuya aplicación aún no se ha completado y, si no se ha completado para entonces, cada seis meses a partir de entonces hasta que se haya completado toda la implementación.

      Resuélvase (2020.09.10.08): La Junta Directiva acepta el informe final de implementación de la segunda Revisión de At-Large presentado por el Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión de At-Large, que marca la finalización de esta revisión organizacional de acuerdo con el Artículo 4, Sección 4.4 de los Estatutos. La Junta Directiva alienta al Comité Asesor At-Large a seguir supervisando el impacto de la implementación de las recomendaciones de la segunda Revisión del ALAC como parte de su proceso continuo de mejora.

      Resuélvase (2020.09.10.09): La Junta Directiva reconoce el arduo trabajo del Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión de At-Large con el objetivo de mejorar la eficacia, transparencia y responsabilidad de At-Large, en concordancia con el plazo propuesto que se estipuló en el Plan de Implementación de la Revisión de At-Large2 adoptado.

      Resuélvase (2020.09.10.10): La Junta Directiva solicita al Comité Asesor At-Large que proporcione al OEC una actualización oral o por escrito de los avances logrados en las dos cuestiones restantes "Participación de miembros y criterios" y "Ausencia de criterios de medición de rendimiento coherentes" antes del 31 de diciembre de 2020. En caso de que la implementación no se haya completado para el 31 de diciembre de 2020, el ALAC continuará proporcionando dichas actualizaciones al OEC cada seis meses hasta que concluyan los esfuerzos de implementación.

      Fundamento de las resoluciones 2020.09.10.08 y 2020.09.10.10

      ¿Por qué la Junta Directiva aborda el tema?

      La ICANN organiza revisiones independientes de sus organizaciones de apoyo y comités asesores tal como se estipula en el Artículo 4, sección 4.4 de los Estatutos de la ICANN, a fin de garantizar que el modelo de múltiples partes interesadas de la ICANN siga siendo transparencia y responsable, y para mejorar su desempeño.

      Esta medida completa la segunda Revisión de At-Large y se basa en el informe final de implementación, aprobado por el Comité Asesor At-Large (ALAC), el informe final de la entidad examinadora independiente, ITEMS International, y la evaluación del Grupo de Trabajo para la Implementación de la Revisión de At-Large (ARIWG) de las recomendaciones adoptadas por el ALAC. Después de la evaluación de todos los documentos y comentarios de la comunidad pertinentes por parte del Comité de Efectividad Organizacional (OEC), la Junta Directiva ahora se encuentra en la posición de considerar y aceptar el Informe Final.

      La Junta Directiva, con la recomendación del OEC, consideró todos los documentos relevantes, incluido el Informe Final, la evaluación de factibilidad del Grupo de Trabajo para la Revisión de At-Large y priorización de recomendaciones por parte del examinador independiente ("Evaluación de factibilidad"), y aceptó el informe final que emitió el examinador independiente el 23 de junio de 2018. La Junta Directiva aprobó la Evaluación de factibilidad. Además, la Junta Directiva le indicó al ALAC que: elabore un plan de implementación para las recomendaciones adoptadas con un plazo realista que tomara en cuenta la carga de trabajo continuamente alta de la comunidad y la consideración de la priorización propuesta por el ARIWG; publique el plan en un plazo que no supere los seis (6) meses con posterioridad a la adopción de la Evaluación de factibilidad por parte de la Junta Directiva; garantice que el plan de implementación incluya definiciones de los resultados deseados y un modo de medir el estado actual así como el progreso hacia el resultado deseado; e informe a la Junta Directiva de manera periódica sobre su progreso en la implementación. El 27 de enero de 2019, la Junta Directiva aceptó el Plan de Implementación proporcionado por el ARIWG y aprobado por el ALAC el 27 de noviembre de 2018, y le indicó al ARIWG que proporcionara actualizaciones semestrales al OEC hasta el momento en que los esfuerzos de implementación hayan concluido.

      El ARIWG presentó su informe final de implementación al OEC el 30 de junio de 2020. El informe demostró que la implementación de todos los puntos fue completa, con la excepción de dos áreas: "Participación de miembros y criterios" [cuestión ID n.o 2] y "Ausencia de criterios de medición de rendimiento coherentes" [cuestión ID n.o 16]. En la cuestión ID n.o 2, el Grupo de Trabajo sobre la Movilización de Estructuras de At-Large (ALS) interregional aún no ha terminado de "revisar todo el conjunto de normas y procesos relacionados con las ALS". Una vez finalizada esta tarea, deberán ser revisadas por las RALO, ratificadas por el ALAC y luego presentadas para la aprobación de la Junta Directiva". También puede ser necesario un cambio en los Estatutos para "aclarar los cambios que se están realizando con respecto a las ALS". En cuanto a la cuestión ID n.o 16, el ALAC está esperando la "implementación de una herramienta de CRM en toda la organización de la ICANN". Los datos de los miembros se transferirán entonces a esa herramienta para ayudar a profesionalizar la gestión de los miembros de At-Large, incluida la captación efectiva de las métricas pertinentes.

      El OEC examinó estas cuestiones durante sus deliberaciones sobre el informe final de implementación. El OEC observó que algunos aspectos de la implementación pendiente tienen dependencias que escapan al control de At-Large o contienen aspectos de mejoras continuas. Por lo tanto, el OEC recomendó que es apropiado que la Junta Directiva acepte el informe final de implementación, con lo que se concluiría formalmente la segunda revisión organizacional de At-Large. El OEC también recomendó a la Junta Directiva que solicite el informe de At-Large al OEC sobre las medidas de implementación pendientes, para asegurar la responsabilidad sobre la conclusión de todo el proceso de implementación.

      La Junta Directiva concordó con las recomendaciones del OEC.

      ¿Cuál es la propuesta que se está considerando?

      La propuesta que se está examinando es que la Junta Directiva acepte el Informe Final del ARIWG a fin de concluir la segunda revisión organizacional del At-Large. La propuesta también incluye que la Junta Directiva solicite al ALAC que proporcione actualizaciones del progreso al OEC en relación con las medidas de implementación pendientes de dos recomendaciones.

      ¿Cuáles son las partes interesadas u otros participantes consultados?

      La Junta Directiva, a través del OEC, consultó al ARIWG, que estaba a cargo de la implementación, y supervisó el progreso de la revisión así como el progreso de la implementación de las recomendaciones de la revisión.

      ¿Qué inquietudes o cuestiones fueron planteadas por la comunidad?

      El trabajo de implementación que realizó el ALAC cumplió con sus mejores prácticas estándar para garantizar la transparencia y la responsabilidad. La comunidad no planteó ninguna inquietud.

      ¿Qué materiales significativos analizó la Junta Directiva?

      La Junta Directiva examinó las secciones pertinentes de los Estatutos, la documentación del proceso de revisión organizacional, el plan de implementación de la Revisión de At-Large2 y los informes del ARIWG a la Junta Directiva.

      ¿Qué factores consideró importantes la Junta Directiva?

      La Junta consideró que varios factores eran importantes, los que contribuyen a la finalización eficaz del trabajo de implementación:

      • Formación de un grupo dedicado que supervise la implementación de las recomendaciones aceptadas por la Junta Directiva.
      • Cumplimiento del plan de implementación que incluía un plazo para la implementación, definición de los resultados deseados y formas de medir el estado actual así como el progreso hacia el resultado deseado
      • Informes oportunos sobre el progreso de la implementación

      El ARIWG informó en el informe final de implementación que dos recomendaciones aún no se han implementado en su totalidad. Siguiendo las recomendaciones del OEC, la Junta Directiva observó que algunos aspectos de la implementación pendiente tienen dependencias que escapan al control de At-Large y reconoció que algunas de las medidas de implementación pendientes forman parte de los esfuerzos continuos de mejora. En base a esto, la Junta Directiva aceptó el Informe Final, con lo que concluyó formalmente la segunda revisión organizacional de At-Large, al tiempo que solicitó una actualización sobre las medidas de implementación pendientes antes del 31 de diciembre de 2020 y, si no se ha completado para esa fecha, cada seis meses a partir de entonces, hasta que se complete la implementación.

      ¿Existen impactos positivos o negativos para la comunidad?

      Se prevé que esta acción de la Junta Directiva tendrá un impacto positivo sobre la comunidad al reconocer y destacar una finalización eficaz de la implementación de las recomendaciones de la revisión de At-Large2.

      ¿Se observan impactos fiscales o ramificaciones en la ICANN (plan estratégico, plan operativo, presupuesto), la comunidad o el público?

      Se prevé que esta medida de la Junta Directiva no tendrá repercusiones fiscales adicionales a las señaladas en la aceptación de la Junta Directiva del Plan de implementación de la Revisión de At-Large. Se prevé que las ramificaciones de esta resolución en la organización de la ICANN, la comunidad y el público serán positivas, dado que esta acción de la Junta Directiva significa un importante hito para las revisiones organizacionales.

      ¿Se observan cuestiones sobre seguridad, estabilidad o flexibilidad relacionadas con el DNS?

      No se prevé que esta acción de la Junta Directiva tenga algún efecto en las cuestiones de seguridad, estabilidad y flexibilidad relacionadas con el DNS.

      ¿Cómo se ajusta esta acción dentro de la misión de la ICANN y cuál es el interés público que se beneficia con esta acción?

      La acción de la Junta Directiva es coherente con el compromiso de la ICANN conforme a la Sección 4.1 de los Estatutos para garantizar que el modelo de múltiples partes interesadas de la ICANN siga siendo transparente y responsable, y para mejorar el desempeño de sus organizaciones de apoyo y comités asesores. Esta acción será en beneficio del interés público porque cumple con el compromiso de la ICANN de mantener y mejorar su responsabilidad y transparencia.

      ¿Se requieren comentarios públicos antes de que la Junta Directiva adopte la acción?

      No se requiere ningún comentario público.

    6. Otros temas a tratar

      No se adoptó ninguna resolución.